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Complemento de maternidad o brecha de género: ¿cuál pedir?

El complemento de maternidad y el de brecha de género en España se distinguen, primero, por la fecha de acceso a la pensión. Para pensiones entre enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 corresponde revisar maternidad; desde el 4 de febrero de 2021, brecha de género, con requisitos diferentes.

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  • La fecha de la pensión orienta el trámite, pero no basta para reconocer el derecho.
  • El número de hijos exigido cambia entre ambos complementos.
  • Los hombres también pueden solicitar el complemento cuando reúnen las condiciones aplicables.
  • El reconocimiento al otro progenitor puede afectar al cobro.

¿Qué fecha determina el complemento que puedes solicitar?

El primer documento que conviene consultar es la resolución de la pensión. No se trata de escoger el complemento por su nombre ni por la fecha en que nacieron los hijos: el punto de partida es cuándo se accedió a la prestación.

El portal de Prestaciones de la Seguridad Social diferencia dos periodos. Para el complemento de maternidad señala las pensiones comprendidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021; para el de reducción de la brecha de género, las causadas desde el 4 de febrero de 2021.

Esta distinción evita tramitar una solicitud con las condiciones del sistema equivocado. Una persona que ya cobraba su pensión antes del cambio no pasa automáticamente al complemento nuevo solo porque presente la petición después.

La fecha no sustituye los demás requisitos

También importa qué pensión se ha reconocido y cuál es la situación familiar. Si la resolución recoge fechas distintas para la solicitud, el hecho causante y los efectos económicos, se puede pedir al INSS que aclare cuál corresponde aplicar al expediente.

¿Cuántos hijos se necesitan y qué pensiones entran?

El trámite oficial exige al menos dos hijos para solicitar el antiguo complemento de maternidad. En el de brecha de género basta con haber tenido un hijo, siempre que se cumplan las demás condiciones.

El complemento por brecha de género está vinculado a pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. No es una ayuda general que se conceda a cualquier familia por tener hijos, ni sustituye la solicitud de la propia pensión.

La jubilación parcial queda excluida de este complemento. El acceso posterior a la jubilación plena puede abrir la posibilidad de reconocimiento si se reúnen las condiciones; no conviene confundir esta situación con retrasar voluntariamente la retirada laboral.

Para distinguir ese supuesto de otros incentivos, puede consultarse la explicación sobre cómo funciona la elección del incentivo por jubilación demorada. Son mecanismos distintos y no tienen la misma finalidad.

¿Pueden pedirlo los hombres y cobrarlo ambos progenitores?

Sí, los hombres pueden solicitarlo. Según la ficha de la Seguridad Social consultada el 5 de noviembre de 2026, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025 eliminó los requisitos adicionales que se exigían a los hombres en el complemento por brecha de género.

Por eso, una guía antigua puede describir interrupciones de cotización u otras condiciones específicas que ya no deben presentarse como exigencias adicionales vigentes para ellos. Esta modificación tampoco significa que cualquier solicitud tenga que aprobarse: siguen contando la pensión, los hijos y las reglas de concurrencia.

No se aplica la misma regla a los dos complementos

En el complemento por brecha de género, los mismos hijos no permiten el cobro simultáneo por ambos progenitores. El portal de Prestaciones vincula su reconocimiento a la menor pensión frente al otro progenitor; si este solicita el complemento y reúne las condiciones, puede cambiar quién lo percibe.

En el antiguo complemento de maternidad puede existir reconocimiento a ambos progenitores. Esa posibilidad no se puede trasladar al sistema de brecha de género, por lo que resulta útil identificar exactamente qué complemento figura en cada resolución.

¿Cómo preparar y presentar la solicitud?

La Seguridad Social permite tramitar la petición en el portal de Prestaciones, con o sin identificación electrónica. También existe atención presencial en los centros de información de la Seguridad Social, mediante cita previa.

El reconocimiento corresponde al INSS, salvo los expedientes del régimen del mar que gestiona el Instituto Social de la Marina. Si interviene una persona representante, el trámite puede requerir acreditar esa representación.

  1. Localiza la resolución de tu pensión y comprueba sus fechas y modalidad.
  2. Prepara el documento de identidad y los documentos que acreditan la filiación o adopción.
  3. Revisa si ya tienes reconocido algún complemento y si lo percibe el otro progenitor.
  4. Presenta la solicitud correspondiente y conserva el justificante para consultar el expediente.

El portal admite solicitar el complemento después de la concesión de la pensión, si se cumplen los requisitos. Si hubo una denegación anterior, conviene revisar su contenido antes de asumir que una nueva petición resuelve por sí sola cualquier cuestión pendiente.

¿Desde cuándo se cobra y qué pasa con el complemento anterior?

Distingue previsiones y subidas de pensiones

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El abono del complemento por brecha de género se realiza junto a la pensión, con pagas extraordinarias en junio y noviembre. Su importe no se utiliza para aplicar el límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento a mínimos.

Los atrasos requieren una revisión individual. La ficha técnica distingue reglas para hombres según el momento del hecho causante respecto de la sentencia de mayo de 2025 y contempla situaciones en las que el otro progenitor ya tenía reconocido el complemento.

Por tanto, no es correcto prometer atrasos desde la jubilación en todos los expedientes. La resolución permite comprobar el periodo reconocido, los efectos económicos y la relación con un eventual cobro del otro progenitor.

Quienes ya percibían el complemento de maternidad al entrar en vigor el nuevo sistema lo mantienen conforme al régimen transitorio. Si una nueva pensión pública permite acceder al complemento por brecha de género, existe incompatibilidad y posibilidad de optar entre ambos; no se suman automáticamente.

Al organizar los ingresos del hogar también ayuda separar este trámite de las revalorizaciones generales. La guía sobre cómo distinguir una previsión de subida de pensiones de un dato definitivo explica esa diferencia, sin convertir una expectativa en ingreso disponible.

Preguntas frecuentes

Contenido informativo, no constituye asesoramiento financiero.

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Juan Carlos

Juan Carlos

Juan Carlos es especialista en comportamiento biomecánico con varios años de experiencia en el mercado americano. Antes de dedicarse a la salud, trabajó durante muchos años en el mercado financiero, colaborando con instituciones financieras y bancos, lo que le brindó una sólida base de conocimientos en finanzas. Decidió tomarse un año sabático y crear el blog CredMachine, donde comparte con sus lectores información útil sobre aficiones saludables, excelentes formas de ocio y finanzas. Su misión es hacer que la gente disfrute más de la vida, mientras adquiere conocimientos financieros valiosos que los ayuden a tomar mejores decisiones para su bienestar económico y personal.